• Domingo, 21 Enero 2024 a las 16:28:00

IMPULSA PRD VACUNAR A NIÑOS CONTRA PAPILOMA HUMANO COMO ESTRATEGIA PREVENTIVA DEL CÁNCER CÉRVICO UTERINO EN MUJERES

El esquema actual de vacunación público contra el VPH sólo se aplica a niñas y excluye a los niños, lamenta el diputado federal Mauricio Prieto

 

IMPULSA PRD VACUNAR A NIÑOS CONTRA PAPILOMA HUMANO COMO ESTRATEGIA PREVENTIVA DEL CÁNCER CÉRVICO UTERINO EN MUJERES

 

          El esquema actual de vacunación público contra el VPH sólo se aplica a niñas y excluye a los niños, lamenta el diputado federal Mauricio Prieto

 

          La prevención en los adolescentes es asignatura pendiente y urgente, porque los varones son portadores silenciosos del virus, que a la postre causa cáncer en las mexicanas

 

          Más de la mitad de mujeres y hombres sexualmente activos serán infectados en algún momento de sus vidas; anualmente se diagnostican casi 120 mil mujeres con lesiones precancerosas

 

Por ser portadores silenciosos del Virus del Papiloma Humano (VPH), el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD), a través del diputado Mauricio Prieto Gómez, impulsa en la Cámara de Diputados una iniciativa que reforma la Ley General de Salud, para incluir a los niños en el esquema de vacunación público contra esta infección de transmisión sexual. 

 

“Su exclusión no solamente vulnera sus derechos en materia de salud, sino que también los deja expuestos al virus referido y sus consecuencias. Prevenir en adolescentes masculinos mediante la vacunación es una asignatura pendiente y urgente en nuestras políticas públicas de salud”, emplazó.

 

Asimismo, el perredista recordó que fue en 2012 cuando se universalizó la vacunación contra el VPH en niñas de quinto año de primaria y 11 años de edad cuando no están escolarizadas, de ahí que ahora considere necesario modificar los artículos 135, 139, 144 y 175 Bis 12 de la Ley General de Salud para dar cobertura a los niños.

 

“Si bien en estos pormenores que estoy enunciando sobre la vacunación universal en nuestro país son dignos de reconocimiento y respeto, nos queda mucho por hacer”, consideró.

 

El también coordinador de los diputados michoacanos en la Cámara Baja, explicó que el Programa de Vacunación Universal tiene como objetivo lograr la protección de la población, mediante la aplicación del esquema completo de inoculación, especialmente para lograr el control, eliminación y erradicación de enfermedades transmisibles evitables por vacunación.

 

*Sin embargo, -agregó- excluyendo a los niños de las acciones de vacunación y marginándolos como beneficiarios de la misma, sin la posibilidad de la prevención de enfermedades trasmisibles, los expone a un riesgo real de la morbilidad y mortalidad infantil causada por esta enfermedad prevenible si les aplicara este biológico.

 

Lo anterior, al insistir que los hombres son los principales portadores del Virus de Papiloma Humano y suelen transmitirlo a sus parejas sin saberlo, dado que nunca presenta síntomas; en cambio, en las mujeres el contagio podría ocasionar desde diversas infecciones, como verrugas genitales, hasta cáncer de cuello uterino.

 

Prevenir a los adolescentes masculinos del contagio del Papiloma Humano es de la mayor trascendencia en la salud pública de la población mexicana, pues las características de este virus, -detalló- de acuerdo con las estadísticas y la literatura médica dicen que más de la mitad de las mujeres y los hombres sexualmente activos serán infectados en algún momento de sus vidas.

 

En México, en 2007 el cáncer cervico uterino fue la segunda causa de muerte por cáncer en mujeres de 25 años y más. Cada año se diagnostican cerca de 120 mil mujeres con lesiones precancerosas, dijo. Las infecciones causadas por el VPH de “alto riesgo”, originan el cáncer de cuello uterino, vulva, vagina, ano y de pene.

 

Finalmente, el diputado federal por Michoacán alertó que nuestra Carta Magna consigna el derecho a la salud en su artículo cuarto; así como el artículo tercero de la Ley General de Salud, cuya fracción XV tutela la “prevención y el control de enfermedades transmisibles”, y lo hace en un sentido general, completo e incluyente. Es decir, que si un mecanismo de vacunación no cumple estos principios estaría transgrediendo la norma.

 

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